Terminos de Servicio — Chidocs LLC

BORRADOR PRELIMINAR — pendiente de revision por abogado mexicano. No constituye asesoria legal. Las clausulas de este documento fueron referenciadas articulo por articulo contra el corpus legislativo mexicano: Codigo de Comercio (CCom), Codigo Civil Federal (CCF) y Ley Federal de Proteccion al Consumidor (LFPC).


CLAUSULA 1. PARTES Y NATURALEZA DEL CONTRATO

1.1 Partes. El presente instrumento se celebra entre Chidocs LLC ("Chidocs", "Proveedor"), sociedad constituida en el estado de Wyoming, Estados Unidos de America, con domicilio convencional para efectos de este contrato en 30 N Gould St., Suite R, Sheridan, WY 82801, y con correo electronico de contacto legal@chidocs.io; y el profesional del derecho o notario que acepta electronicamente estos terminos ("Usuario" o "Suscriptor"), debidamente habilitado para el ejercicio de su profesion conforme a la legislacion mexicana aplicable.

1.2 Caracter comercial. El objeto del contrato — acceso a una plataforma SaaS de recuperacion de informacion juridica — constituye un acto de comercio en los terminos de la fraccion XXV del articulo 75 del Codigo de Comercio (servicio de naturaleza analoga a los enumerados en dicho precepto). El contrato se rige primordialmente por el Codigo de Comercio y supletoriamente por el Codigo Civil Federal, conforme al articulo 81 del CCom.

1.3 Relacion B2B — no es relacion de consumo ordinaria. El Usuario actua en su capacidad de profesionista o como representante de una persona moral en el ejercicio de su actividad profesional o empresarial; por lo tanto, no ostenta la calidad de "consumidor destinatario final" en los terminos del articulo 2, fraccion I, de la LFPC. Sin perjuicio de lo anterior, en el supuesto de que algun usuario concreto califique como consumidor, las disposiciones irrenunciables de la LFPC se aplicaran en lo conducente. No esta determinado si la actividad de recuperacion de informacion para profesionistas queda excluida de la LFPC bajo su articulo 5 (servicios profesionales no mercantiles) o si le aplica un regimen hibrido.

Fundamento legal — Articulo 1.2:

  • CCom art. 75, fracc. XXV: "Cualesquiera otros actos de naturaleza analoga a los expresados en este codigo."
  • CCom art. 81: "Con las modificaciones y restricciones de este Codigo, seran aplicables a los actos mercantiles las disposiciones del derecho civil acerca de la capacidad de los contrayentes..."

CLAUSULA 2. OBJETO DEL CONTRATO

2.1 Chidocs otorga al Usuario acceso no exclusivo, intransferible y revocable a la plataforma Chidocs (en adelante "la Plataforma"), que es un servicio de recuperacion de informacion juridica asistida por inteligencia artificial, orientado exclusivamente a uso de referencia e investigacion por profesionales del derecho.

2.2 El acceso a la Plataforma NO constituye asesoria juridica ni asesoria legal en ningun sentido. Los resultados generados son de caracter informativo y de referencia solamente. El Usuario es el unico responsable de la interpretacion, aplicacion y uso profesional de la informacion obtenida. Veanse Terminos de Uso adjuntos.

Fundamento legal:

  • CCF art. 1792: "Convenio es el acuerdo de dos o mas personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones."
  • CCF art. 1858: "Los contratos que no estan especialmente reglamentados en este Codigo, se regiran por las reglas generales de los contratos; por las estipulaciones de las partes..." (contrato innominado de prestacion de servicios SaaS).

CLAUSULA 3. FORMACION DEL CONTRATO Y ACEPTACION ELECTRONICA

3.1 Perfeccionamiento electronico. El contrato se perfecciona en el momento en que el Usuario hace clic en el boton "Aceptar Terminos y Condiciones" o realiza cualquier acto equivalente que presuponga el conocimiento y aceptacion del presente instrumento, lo cual constituye consentimiento expreso manifestado por medios electronicos conforme al articulo 1803, fraccion I, del CCF, y al articulo 80 del CCom.

3.2 Mensaje de Datos. La aceptacion del Usuario constituye un Mensaje de Datos en los terminos del articulo 89 del CCom, y no podra negarsele efecto juridico por la sola razon de constar en formato electronico, conforme al articulo 89 bis del mismo ordenamiento.

3.3 Forma escrita satisfecha. En tanto la informacion en el Mensaje de Datos se mantenga integra y accesible para consulta ulterior, se entendera satisfecho el requisito de forma escrita previsto en el articulo 93 del CCom.

3.4 Capacidad. Al aceptar, el Usuario declara ser mayor de edad y tener plena capacidad juridica para contratar, conforme a los articulos 1798 y 1800 del CCF.

Fundamento legal:

  • CCF art. 1803, fracc. I: "Sera expreso cuando la voluntad se manifiesta verbalmente, por escrito, por medios electronicos, opticos o por cualquier otra tecnologia, o por signos inequivocos."
  • CCom art. 80: "Los convenios y contratos mercantiles que se celebren [...] mediante el uso de medios electronicos, opticos o de cualquier otra tecnologia, quedaran perfeccionados desde que se reciba la aceptacion de la propuesta."
  • CCom art. 89 bis: "No se negaran efectos juridicos, validez o fuerza obligatoria a cualquier tipo de informacion por la sola razon de que este contenida en un Mensaje de Datos."
  • CCom art. 93: "Cuando la ley exija la forma escrita para los actos, convenios o contratos, este supuesto se tendra por cumplido tratandose de Mensaje de Datos, siempre que la informacion en el contenida se mantenga integra y sea accesible para su ulterior consulta."

CLAUSULA 4. CUENTA Y SUSCRIPCION

4.1 Registro. Para acceder a la Plataforma, el Usuario debera crear una cuenta proporcionando informacion veridica y actualizada. El Usuario es responsable de mantener la confidencialidad de sus credenciales de acceso.

4.2 Planes de suscripcion. El acceso se otorga mediante planes de suscripcion (mensual o anual) con precio expresado en pesos mexicanos (MXN), segun los planes publicados en la Plataforma al momento de la contratacion.

4.3 Prueba gratuita (Trial). Chidocs puede ofrecer un periodo de prueba gratuita. Al concluir dicho periodo sin cancelacion por parte del Usuario, la suscripcion se convertira automaticamente al plan de pago correspondiente, previa notificacion al Usuario.

4.4 Modificacion de planes. Chidocs podra modificar los planes y precios con un aviso de al menos 30 dias naturales al correo electronico registrado por el Usuario. Si el Usuario no acepta los nuevos terminos, podra cancelar su suscripcion antes de la entrada en vigor de los cambios. No esta verificado que este mecanismo de aviso anticipado y cancelacion sea suficiente frente al articulo 90, fraccion I, de la LFPC para usuarios que califiquen como consumidores. El articulo 90, fraccion I, de la LFPC prohibe las clausulas que permitan al proveedor modificar unilateralmente el contenido del contrato.


CLAUSULA 5. PAGO EN MXN — OXXO Y TARJETA

5.1 Moneda. Todos los precios se expresan en pesos mexicanos (MXN), incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA) conforme a la tasa vigente.

5.2 Procesadores de pago. Los pagos se realizan a traves de las plataformas Stripe y/o Paddle, que actuan como procesadores de pago. El Usuario puede pagar mediante:

  • (a) Tarjeta de credito o debito (Visa, Mastercard, American Express u otras aceptadas);
  • (b) Pago en efectivo en tiendas Oxxo mediante referencia de pago generada por la Plataforma.

5.3 Confirmacion y acceso. El acceso o renovacion del servicio quedara condicionado a la confirmacion del pago por parte del procesador correspondiente. Tratandose de pagos en Oxxo, el acceso se activara dentro del plazo que indique la Plataforma una vez confirmado el deposito.

5.4 No reembolsos, salvo excepcion. Salvo disposicion legal obligatoria en contrario, los pagos realizados no son reembolsables una vez iniciado el periodo de suscripcion, excepto en los casos de falla imputable a Chidocs que impida completamente el acceso al servicio durante 72 horas continuas o mas dentro del periodo pagado. Para un usuario que califique como consumidor, el fundamento aplicable seria el articulo 82 de la LFPC y no el articulo 92; ese analisis no esta confirmado y no se ha previsto una clausula de excepcion explicita.

Fundamento legal:

  • CCom art. 86: "Las obligaciones mercantiles habran de cumplirse en el lugar determinado en el contrato..." (aplicable por analogia a la obligacion de pago).
  • CCF art. 2104: "El que estuviere obligado a prestar un hecho y dejare de prestarlo o no lo prestare conforme a lo convenido, sera responsable de los danos y perjuicios."

CLAUSULA 6. CANCELACION Y TERMINACION

6.1 Por el Usuario. El Usuario podra cancelar su suscripcion en cualquier momento desde el panel de administracion de su cuenta. La cancelacion surtira efectos al vencimiento del periodo de facturacion en curso; el acceso permanecera activo hasta dicho vencimiento.

6.2 Por Chidocs — incumplimiento. Chidocs podra suspender o dar por terminado el acceso de forma inmediata si el Usuario incumple estos Terminos de Servicio o los Terminos de Uso, previa notificacion por correo electronico salvo que el incumplimiento constituya una amenaza a la seguridad o integridad de la Plataforma.

6.3 Por Chidocs — discontinuacion del servicio. En caso de discontinuacion total de la Plataforma, Chidocs notificara al Usuario con al menos 60 dias de anticipacion y reembolsara la parte proporcional del periodo pagado no utilizado.

6.4 Efectos de la terminacion. Al terminar la suscripcion por cualquier causa: (a) cesan todos los derechos de acceso; (b) Chidocs podra eliminar los datos de la cuenta conforme a su Aviso de Privacidad; (c) subsisten las clausulas relativas a propiedad intelectual, limitacion de responsabilidad, ley aplicable y las demas que por su naturaleza deban pervivir.

Fundamento legal:

  • CCF art. 1796: "Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento [...] obligan a los contratantes, no solo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino tambien a las consecuencias que, segun su naturaleza, son conforme a la buena fe, al uso o a la ley."

CLAUSULA 7. PROPIEDAD INTELECTUAL

7.1 Titularidad de Chidocs. La Plataforma, incluyendo su software, diseno, arquitectura, modelos de inteligencia artificial, bases de datos propias, marcas y logotipos, son propiedad exclusiva de Chidocs LLC o de sus licenciantes, y estan protegidos por la legislacion de propiedad intelectual e industrial aplicable.

7.2 Licencia limitada al Usuario. Chidocs otorga al Usuario una licencia limitada, no exclusiva, intransferible y revocable para acceder y usar la Plataforma exclusivamente conforme a estos Terminos.

7.3 Corpus legislativo. Los textos del corpus legislativo mexicano integrados en la Plataforma son de dominio publico. Chidocs puede tener derechos sobre la seleccion, estructura, anotaciones y metadata propietaria sobre dicho corpus.

7.4 Contenido del Usuario. El Usuario conserva la titularidad de los documentos, consultas y contenidos que cargue en la Plataforma, y otorga a Chidocs una licencia limitada para procesarlos con el unico fin de prestar el servicio.


CLAUSULA 8. LIMITACION DE RESPONSABILIDAD

8.1 Nivel de responsabilidad. En la maxima medida permitida por la legislacion aplicable, la responsabilidad total de Chidocs frente al Usuario por cualquier reclamacion derivada de o relacionada con el uso de la Plataforma no excedera el monto equivalente a tres (3) meses de suscripcion pagados por el Usuario en los doce meses previos a la reclamacion. Para usuarios que califiquen como consumidores, la limitacion cuantitativa de tres meses podria ser cuestionada ante PROFECO. No esta confirmada la pertinencia de citar el articulo 1847 del CCF en la tabla de trazabilidad respecto de esta clausula: su ambito propio es el capitulo de la clausula penal, no la excluyente de responsabilidad general. El articulo 90, fraccion II, de la LFPC prohibe las clausulas que liberen al proveedor de responsabilidad civil frente a consumidores. Esta clausula excluye danos indirectos y no exime de responsabilidad por dolo.

8.2 Exclusion de danos indirectos. Chidocs no sera responsable de danos indirectos, incidentales, especiales, consecuenciales o de lucro cesante, incluyendo perdida de datos, perdida de negocio, dano reputacional o cualquier perdida derivada del uso o imposibilidad de uso de la Plataforma, salvo que dichos danos sean consecuencia de dolo o culpa grave imputable a Chidocs.

8.3 No asesoria — limitacion especifica. La Plataforma proporciona informacion de referencia. Chidocs no garantiza que los resultados generados sean completos, exactos, actualizados ni adecuados para un caso concreto. El Usuario asume la responsabilidad profesional de toda decision tomada con base en la informacion obtenida. Vease Clausula 9 de los Terminos de Uso.

8.4 Caso fortuito y fuerza mayor. Chidocs no incurre en responsabilidad por incumplimientos derivados de caso fortuito o fuerza mayor, conforme al articulo 2111 del CCF.

Fundamento legal:

  • CCF art. 2111: "Nadie esta obligado al caso fortuito sino cuando ha dado causa o contribuido a el, cuando ha aceptado expresamente esa responsabilidad, o cuando la ley se la impone."
  • CCF art. 2110: "Los danos y perjuicios deben ser consecuencia inmediata y directa de la falta de cumplimiento de la obligacion."
  • CCF art. 2106: "La responsabilidad procedente de dolo es exigible en todas las obligaciones. La renuncia de hacerla efectiva es nula."

CLAUSULA 9. MODIFICACION DE LOS TERMINOS

Chidocs podra modificar estos Terminos mediante notificacion al correo electronico registrado con al menos 30 dias de anticipacion. El uso continuado de la Plataforma tras la entrada en vigor de los cambios implica aceptacion de los mismos. Si el Usuario no acepta los cambios, debera cancelar su suscripcion antes de la fecha de entrada en vigor.


CLAUSULA 10. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES

El tratamiento de datos personales del Usuario se regira por el Aviso de Privacidad de Chidocs, disponible en la Plataforma, el cual cumple con la Ley Federal de Proteccion de Datos Personales en Posesion de los Particulares (LFPDPPP), DOF 20 de marzo de 2025. El Usuario consiente expresamente el tratamiento de sus datos conforme a dicho Aviso al aceptar estos Terminos. (Nota: el Reglamento de la LFPDPPP de 2011 quedo implicitamente abrogado junto con la ley de 2010 que reglamentaba; a la fecha no se ha publicado un Reglamento sustituto — ver legal/lfpdppp-2025-reform.md.)


CLAUSULA 10-A. TITULARIDAD DE CREDENCIALES Y PROHIBICION DE SUPLANTACION

10-A.1 Declaracion de titularidad. Al enrolar cualquier credencial en la Plataforma — incluyendo, de manera enunciativa y no limitativa, la e.firma (FIEL), la Clave de Identificacion Electronica Confidencial (CIEC), la cedula profesional, la FIREL, contrasenas de portales gubernamentales o cualquier otro mecanismo de autenticacion ante autoridades o terceros ("Credencial") — el Usuario declara y garantiza bajo protesta de decir verdad que:

  • (a) Es el legitimo titular de la Credencial enrolada y esta facultado para utilizarla;
  • (b) La informacion proporcionada para el enrolamiento es veridica, completa y vigente;
  • (c) No se encuentra sujeto a restriccion legal, administrativa o judicial que le impida hacer uso de dicha Credencial.

10-A.2 Prohibicion de suplantacion. Queda estrictamente prohibido enrolar o utilizar en la Plataforma cualquier Credencial perteneciente a un tercero sin contar con la autorizacion expresa, especifica e informada de dicha persona. Esta prohibicion comprende, sin limitacion:

  • (a) El uso de Credenciales de clientes, poderdantes, socios o cualquier tercero, salvo que exista mandato o autorizacion expresa, documentada y vigente que ampare dicho uso;
  • (b) La obtencion de Credenciales ajenas mediante engano, coercion o cualquier medio ilicito;
  • (c) Cualquier acto que pueda constituir suplantacion de identidad ante portales gubernamentales o ante terceros.

10-A.3 Responsabilidad exclusiva del Usuario. El Usuario asume plena e indivisible responsabilidad civil, administrativa y penal por cualquier acceso no autorizado a portales gubernamentales o de terceros que sea consecuencia directa o indirecta de una Credencial enrolada por el Usuario. Chidocs no sera responsable de ninguna reclamacion, sancion, dano o perjuicio derivado del uso indebido de Credenciales por parte del Usuario.

10-A.4 Validacion de titularidad como base de autorizacion. El enrolamiento de Credenciales en la Plataforma estara condicionado a la superacion de un proceso de validacion de identidad y correlacion de titularidad de credencial ("IDV") definido por Chidocs. Estado actual: la funcion de descargas delegadas no cuenta con codigo desplegado y la verificacion de titularidad de credencial se encuentra en Nivel 0, sin control alguno. No esta resuelto el requisito de forma del articulo 2555 del CCF (escritura publica o carta poder ratificada) respecto de la autorizacion de descargas delegadas. Dicho proceso constituye la base de autorizacion de la Plataforma para actuar como agente del Usuario ante portales externos. La habilitacion de la funcion de descargas delegadas no surtira efecto hasta en tanto el Usuario haya completado satisfactoriamente dicha validacion. El marco de mandato del Titulo IX del CCF, que antes fundamentaba esta clausula, fue retirado y no se reintroducira hasta que la funcion exista y su regimen aplicable pueda determinarse sobre su diseno real. Tampoco esta confirmado que el fundamento re-anclado de la Clausula 10-A.1 (declaracion unilateral de capacidad y veracidad, articulo 1798 del CCF) este correctamente fundado.

Fundamento legal:

  • CCF art. 1798: "Son habiles para contratar todas las personas no exceptuadas por la ley." (Fundamento de la capacidad del Usuario para declarar, bajo su propia responsabilidad, la titularidad y veracidad de la Credencial enrolada.)
  • CCF art. 1800: "El que es habil para contratar puede hacerlo por si o por medio de otro legalmente autorizado." (La autorizacion expresa del titular es presupuesto de la actuacion delegada.)
  • CCF art. 1910: "El que obrando ilicitamente o contra las buenas costumbres cause dano a otro, esta obligado a repararlo." (Responsabilidad extracontractual del Usuario por uso no autorizado de credenciales ajenas.)

CLAUSULA 10-B. PROCESAMIENTO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL — CONSENTIMIENTO INFORMADO Y OBLIGACION DE SANEAMIENTO

AVISO IMPORTANTE — LEA ANTES DE ACTIVAR LAS FUNCIONES DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL

El Usuario debe leer y aceptar expresamente esta clausula antes de utilizar cualquier funcion de importacion de documentos o asistencia mediante inteligencia artificial disponible en la Plataforma ("Funciones de IA"). El uso de las Funciones de IA implica la aceptacion expresa e irrevocable de los terminos siguientes.

10-B.1 Transmision a proveedores externos de IA — divulgacion obligatoria. Cuando el Usuario invoca una Funcion de IA (incluyendo, de manera enunciativa, la importacion de plantillas de documentos y el asistente de chat juridico), el texto del documento o consulta es transmitido, en texto claro bajo protocolo TLS, a proveedores externos de modelos de lenguaje de inteligencia artificial ubicados en los Estados Unidos de America. A la fecha de actualizacion de este instrumento, los proveedores involucrados son:

  • Anthropic, PBC (Claude) — San Francisco, California, EUA
  • OpenAI, LLC (GPT) — San Francisco, California, EUA
  • OpenRouter, Inc. — San Francisco, California, EUA (enrutador de failover)

Chidocs puede actualizar la lista de proveedores activos mediante notificacion al Usuario. La lista actualizada estara disponible en la seccion de Subprocesadores de la Plataforma.

10-B.2 Ausencia de acuerdo de procesamiento de datos (DPA). Chidocs informa expresamente al Usuario que, a la presente etapa de desarrollo del servicio, no cuenta con un acuerdo de procesamiento de datos (Data Processing Agreement o DPA) formalizado con los proveedores de IA mencionados en la Clausula 10-B.1. En consecuencia, el tratamiento de datos que dichos proveedores realicen sobre el contenido transmitido se rige exclusivamente por sus propias politicas de privacidad y terminos de servicio. El Usuario reconoce y acepta esta condicion como parte de su decision de utilizar las Funciones de IA. La obligacion de saneamiento a cargo del Usuario reduce la exposicion de Chidocs y establece una base de indemnizacion, pero no elimina la responsabilidad de Chidocs como responsable del tratamiento frente a los titulares ni ante la SABG. No esta determinado si se requiere una base legal de transferencia internacional conforme al articulo 35 de la LFPDPPP para la transmision a proveedores en EUA, ni si el aviso de privacidad debe actualizarse para reflejar expresamente esa transferencia internacional y la ausencia de DPA en la etapa actual. No estan formalizados DPAs con Anthropic, OpenAI ni OpenRouter.

10-B.3 Obligacion de saneamiento — prohibicion de PII de terceros. El Usuario se compromete a transmitir a las Funciones de IA exclusivamente documentos o textos que hayan sido previamente saneados, de modo que no contengan datos personales de terceros ("PII de terceros"), entendidos estos como cualquier informacion que identifique o permita identificar a una persona fisica distinta del propio Usuario, incluyendo de manera enunciativa: nombres, RFC, CURP, numeros de identificacion oficial, numeros de cuenta bancaria, informacion de salud, datos biometricos, o cualquier otra categoria de datos personales en los terminos del articulo 2, fraccion V, de la Ley Federal de Proteccion de Datos Personales en Posesion de los Particulares (LFPDPPP).

La obligacion de saneamiento es responsabilidad exclusiva e indelegable del Usuario. Chidocs no anonimiza, seudonimiza ni filtra el contenido de los documentos antes de su transmision a los proveedores de IA. El Usuario acepta que es el unico responsable de garantizar que el contenido enviado a las Funciones de IA cumpla con la legislacion de proteccion de datos personales aplicable, incluyendo la LFPDPPP y, en su caso, el Reglamento General de Proteccion de Datos (RGPD) de la Union Europea si el Usuario trata datos de personas en dicha jurisdiccion.

10-B.4 Indemnizacion. El Usuario indemnizara, defendra y mantendra en paz y a salvo a Chidocs de cualquier reclamacion, procedimiento, sancion o dano derivado del incumplimiento de la obligacion de saneamiento establecida en la Clausula 10-B.3, incluyendo reclamaciones de titulares de datos personales, procedimientos ante la Secretaria Anticorrupcion y Buen Gobierno (SABG) o cualquier otra autoridad de proteccion de datos.

Fundamento legal:

  • LFPDPPP art. 2, fracc. V: definicion de datos personales — "Cualquier informacion concerniente a una persona [...] identificada o identificable."
  • LFPDPPP art. 7: "Todo tratamiento de datos personales estara sujeto al consentimiento de la persona titular, salvo las excepciones previstas por la presente Ley."
  • LFPDPPP art. 36, fr. IV: "La transferencia sea necesaria por virtud de un contrato celebrado o por celebrar en interes de la persona titular, por el responsable y un tercero." (Base de transferencia internacional sin consentimiento; no esta confirmado que la relacion con los proveedores de IA encuadre en este supuesto.)
  • [Reglamento derogado — sin instrumento vigente equivalente]: la LFPDPPP de 2010 preveia en su art. 52 el deber del responsable de comunicar a los encargados las medidas de seguridad a observar. La LFPDPPP de 2025 no contiene un articulo equivalente — su art. 52 vigente regula la publicacion de resoluciones de la Secretaria y no guarda relacion con encargados ni medidas de seguridad. No se identifico articulo sustituto en el texto de 64 articulos; el deber de definir medidas de seguridad con los proveedores de IA debe fundarse contractualmente (DPA) en tanto no se publique un Reglamento o lineamiento de la SABG sobre la materia.
  • CCF art. 1910: "El que obrando ilicitamente [...] cause dano a otro, esta obligado a repararlo." (Base de la obligacion de indemnizacion del Usuario frente a Chidocs y terceros.)

CLAUSULA 11. LEY APLICABLE Y JURISDICCION

11.1 Ley aplicable. El presente contrato se rige por la legislacion federal mexicana, en particular el Codigo de Comercio, el Codigo Civil Federal y demas disposiciones aplicables. La eleccion de tribunales federales mexicanos desplaza la postura Wyoming/AAA. Esa decision no esta confirmada respecto de la estructura corporativa de Chidocs LLC.

11.2 Jurisdiccion pactada. Para la resolucion de cualquier controversia derivada de la interpretacion o cumplimiento de este contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdiccion y competencia de los tribunales federales con sede en la Ciudad de Mexico (CDMX), renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles en razon de sus domicilios presentes o futuros.

11.3 Jurisdiccion de consumidores — PROFECO. En caso de que un usuario concreto sea considerado consumidor en los terminos de la LFPC, la competencia de la Procuraduria Federal del Consumidor (PROFECO) es irrenunciable conforme al articulo 86, parrafo segundo, y al articulo 90, fraccion VI, de la LFPC, por lo que este pacto de jurisdiccion no afectara dichas atribuciones.

Fundamento legal:

  • CCF art. 13, fracc. V: "Los efectos juridicos de los actos y contratos se regiran por el derecho del lugar en donde deban ejecutarse, a menos de que las partes hubieran designado validamente la aplicabilidad de otro derecho."
  • LFPC art. 90, fracc. VI: "[No seran validas las clausulas que] obliguen al consumidor a renunciar a la proteccion de esta ley o lo sometan a la competencia de tribunales extranjeros."

CLAUSULA 12. DISPOSICIONES GENERALES

12.1 Contrato completo. Estos Terminos, junto con los Terminos de Uso y el Aviso de Privacidad, constituyen el acuerdo integro entre las partes respecto a su objeto.

12.2 Nulidad parcial. Si alguna disposicion de este contrato fuera declarada nula o inaplicable, las demas clausulas permanecen vigentes.

12.3 No renuncia. El no ejercicio de un derecho en un momento determinado no implica renuncia al mismo.

12.4 Notificaciones. Las notificaciones a Chidocs se realizaran a legal@chidocs.io. Las notificaciones al Usuario se realizaran al correo electronico registrado en su cuenta.

12.5 Contrato de adhesion. Este instrumento constituye un contrato de adhesion en los terminos del articulo 85 de la LFPC, siendo elaborado unilateralmente por Chidocs. En caso de ambiguedad, se interpretara de conformidad con el articulo 1853 del CCF (sentido mas adecuado para que produzca efecto) y, para usuarios consumidores, en favor del consumidor.

Fundamento legal:

  • LFPC art. 85: "[...] el documento elaborado unilateralmente por el proveedor, para establecer en formatos uniformes los terminos y condiciones aplicables a la [...] prestacion de un servicio [...] no podra implicar prestaciones desproporcionadas a cargo de los consumidores, obligaciones inequitativas o abusivas."
  • CCF art. 1853: "Si alguna clausula de los contratos admitiere diversos sentidos, debera entenderse en el mas adecuado para que produzca efecto."

Fecha de ultima actualizacion del borrador: 2026-07-16


TABLA DE TRAZABILIDAD DE REQUISITOS

Clausula / RequisitoCorpus / Articulo(s)Fragmento de evidencia
1.2 Caracter comercial del contrato SaaSCCom art. 75, fracc. XXV"Cualesquiera otros actos de naturaleza analoga a los expresados en este codigo."
1.2 Derecho supletorio civilCCom art. 81"Con las modificaciones y restricciones de este Codigo, seran aplicables a los actos mercantiles las disposiciones del derecho civil..."
1.3 Definicion de consumidor (LFPC defensiva)LFPC art. 2, fracc. I"Consumidor: la persona fisica o moral que adquiere, realiza o disfruta como destinatario final bienes, productos o servicios."
1.3 Irrenunciabilidad LFPCLFPC art. 1"Sus disposiciones son irrenunciables y contra su observancia no podran alegarse costumbres, usos, practicas, convenios o estipulaciones en contrario."
2. Contrato innominadoCCF arts. 1792, 1793, 1858"Los contratos que no estan especialmente reglamentados en este Codigo, se regiran por las reglas generales..."
3.1 Consentimiento expreso electronicoCCF art. 1803, fracc. I"Sera expreso cuando la voluntad se manifiesta [...] por medios electronicos, opticos o por cualquier otra tecnologia."
3.1 Perfeccionamiento del contrato electronicoCCom art. 80"...quedaran perfeccionados desde que se reciba la aceptacion de la propuesta."
3.2 Validez del Mensaje de DatosCCom art. 89 bis"No se negaran efectos juridicos, validez o fuerza obligatoria a cualquier tipo de informacion por la sola razon de que este contenida en un Mensaje de Datos."
3.3 Forma escrita satisfecha electronicamenteCCom art. 93"...este supuesto se tendra por cumplido tratandose de Mensaje de Datos, siempre que la informacion [...] se mantenga integra y sea accesible para su ulterior consulta."
3.4 Capacidad para contratarCCF arts. 1798, 1800"Son habiles para contratar todas las personas no exceptuadas por la ley."
4. Modificacion unilateral — limite LFPCLFPC art. 90, fracc. I"[No seran validas las clausulas que] permitan al proveedor modificar unilateralmente el contenido del contrato."
5.4 No reembolso — excepcion consumidorLFPC art. 82 (referencia comparativa: art. 92)"El consumidor puede optar por pedir la restitucion del bien o servicio, la rescision del contrato o la reduccion del precio..."
6. Obligatoriedad del contrato perfeccionadoCCF art. 1796"...obligan a los contratantes, no solo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino tambien a las consecuencias [...] conforme a la buena fe, al uso o a la ley."
8.2 Exclusion de danos indirectosCCF art. 2110"Los danos y perjuicios deben ser consecuencia inmediata y directa de la falta de cumplimiento de la obligacion."
8.2 Dolo irrenunciableCCF art. 2106"La responsabilidad procedente de dolo es exigible en todas las obligaciones. La renuncia de hacerla efectiva es nula."
8.4 Caso fortuito y fuerza mayorCCF arts. 2111, 1847"Nadie esta obligado al caso fortuito sino cuando ha dado causa o contribuido a el..."
8.4 Exclusion responsabilidad indirecta LFPC — advertenciaLFPC art. 90, fracc. II"[No seran validas las clausulas que] liberen al proveedor de su responsabilidad civil, excepto cuando el consumidor incumpla el contrato."
11.1-11.2 Ley aplicable mexicana y jurisdiccion CDMXCCF art. 13, fracc. V"Los efectos juridicos de los actos y contratos se regiran por el derecho del lugar en donde deban ejecutarse..."
11.3 Competencia PROFECO irrenunciableLFPC arts. 86 parr. 2, 90 fracc. VI"[...] la Procuraduria sera competente en la via administrativa para resolver cualquier controversia..." / "[...] no sometan [al consumidor] a la competencia de tribunales extranjeros."
12.5 Contrato de adhesionLFPC art. 85"...no podra implicar prestaciones desproporcionadas a cargo de los consumidores, obligaciones inequitativas o abusivas."
12.5 Interpretacion de clausulas ambiguasCCF art. 1853"Si alguna clausula de los contratos admitiere diversos sentidos, debera entenderse en el mas adecuado para que produzca efecto."
10-A.1 Declaracion de titularidad de credencialesCCF arts. 1798, 1800"Son habiles para contratar todas las personas no exceptuadas por la ley." / "El que es habil para contratar puede hacerlo por si o por medio de otro legalmente autorizado."
10-A.2 Prohibicion de suplantacionCCF art. 1910"El que obrando ilicitamente o contra las buenas costumbres cause dano a otro, esta obligado a repararlo."
10-A.4 IDV como base de autorizacion para descargas delegadasCCF art. 1800; LFPDPPPLa autorizacion expresa del titular es presupuesto de la actuacion delegada a traves de credenciales enroladas.
10-B.1 Divulgacion transmision a proveedores de IA en EUALFPDPPP arts. 7, 36 fr. IVConsentimiento informado del titular y base de transferencia internacional de datos personales sin consentimiento del titular (contrato en interes del titular).
10-B.2 Ausencia de DPA con proveedores de IA[Reglamento derogado — sin instrumento vigente equivalente]El art. 52 de la LFPDPPP de 2010 ("El responsable que transmita datos personales debera comunicar a los encargados las medidas de seguridad a observar") no tiene equivalente en la LFPDPPP de 2025; el art. 52 vigente regula otra materia.
10-B.3 Obligacion de saneamiento — prohibicion de PII de tercerosLFPDPPP art. 2, fracc. V; CCF art. 1910Definicion de datos personales; responsabilidad del Usuario por incumplimiento de la obligacion de saneamiento.
10-B.4 Indemnizacion por incumplimiento de saneamientoCCF art. 1910"El que obrando ilicitamente [...] cause dano a otro, esta obligado a repararlo."
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